La violencia de género, como fenómeno estructural, exige respuestas jurídicas que trasciendan el paradigma punitivo para abordar sus raíces culturales y psicológicas. Este artículo propone un modelo integral de rehabilitación para agresores, diseñado desde la intersección entre el feminismo jurídico, la filosofía del derecho y la psicología social, que busca complementar la Ley Orgánica 1/2004 de España. Se articula un plan de estudios estructurado en seis módulos que combinan deconstrucción de masculinidades hegemónicas (Raewyn Connell, resumida en su artículo de RW et al.,, 2021), gestión emocional basada en terapias cognitivo-conductuales, parentalidad responsable y reinserción laboral con perspectiva de género. El modelo integra metodologías innovadoras como círculos de responsabilidad mutua, simulaciones en realidad virtual y mediación simbólica comunitaria, inspiradas en prácticas restaurativas indígenas y enfoques decoloniales. Frente a las críticas que temen la dilución de la accountability, se argumenta que este enfoque no sustituye el castigo, sino que lo enriquece al exigir una reparación activa y reducir la reincidencia mediante la transformación de imaginarios patriarcales. Los resultados teóricos, respaldados por casos piloto en Canadá y Noruega, sugieren que la rehabilitación ética de agresores —basada en transparencia hacia las víctimas y evaluación continua— puede ser un pilar para una justicia verdaderamente transformadora, alineada con el artículo 25 de la Constitución Española y la visión dworkiniana de integridad jurídica. El artículo concluye que erradicar la violencia exige intervenir tanto en las conductas individuales como en las estructuras que las normalizan, desafiando al derecho a ser una herramienta de cambio social, no solo de control.