Santiago, Chile
La propiedad privada ha sido habitualmente caracterizada como un derecho real del que es titular una persona sobre una cosa. La propiedad, sin embargo, tiene una dimensión social. Esta dimensión ha sido abordada desde dos perspectivas que, si bien encuentran coincidencias desde un plano funcional, se diferencian desde un punto de vista teórico. La primera ha sido desarrollada por el derecho continental y sostiene la función social de la propiedad. Este enfoque ha tenido un amplio recono- cimiento a nivel europeo y latinoamericano. La segunda aborda la cuestión desde una perspectiva más amplia a partir de una concepción relacional de los derechos huma- nos. Esta doctrina ha sido desarrollada en el pensamiento anglosajón. El presente trabajo hace una comparación entre ambas perspectivas destacando los elementos que posibilitan una concepción de la propiedad privada a la luz de la naturaleza social del ser humano y de las exigencias de una mejor convivencia democrática.
Private property has usually been characterised as a real right held by a person over a thing. Property, however, has a social dimension. This dimension has been approached from two perspectives that, although they find similarities from a func- tional level, differ from a theoretical point of view. The first has been developed by continental law and supports the social function of property. This approach has had wide recognition at the European and Latin American level. The second addresses the issue from a broader perspective based on a relational conception of human rights.
This doctrine has been developed in Anglo-Saxon thought. The present work makes a comparison between both perspectives, highlighting the elements that enable a conception of private property in light of the social nature of the human being and the demands of a better democratic coexistence.