Se plantea en la doctrina de la STS la consideración de la determinación legal que obliga a los administradores societarios a responder de las deudas que se hayan originado en la sociedad como consecuencia del impago de las obligaciones derivadas de sanciones tributarias. La tesis central del Tribunal Supremo es que dicha obligación de responder por las deudas de la sociedad tiene naturaleza sancionadora y que, por tanto, le resultan de aplicación los principios generales del derecho sancionador. El más relevante a los efectos de lo que aquí se analiza es que no puede presumirse la culpabilidad por el mero hecho de haber sido administradores de una sociedad. La referencia final es la necesidad de acreditar la culpabilidad o lo que es igual la falta de diligencia en el cumplimiento de las obligaciones que lleva a la situación de incumplimiento de las obligaciones con la Administración.