Carmen Barrón López
La Sentencia del Tribunal Supremo 329/2025, de 4 de marzo, consolida la doctrina del mutuo disenso como mecanismo extintivo en casos de incumplimientos contractuales recíprocos. Esta resolución establece que cuando ambas partes han frustrado la finalidad del contrato en similar medida, procede aplicar efectos restitutorios sin consecuencias indemnizatorias, aplicando analógicamente el artículo 1303 del Código Civil. La figura representa una solución equilibrada que evita el enriquecimiento injusto mientras reconoce la responsabilidad compartida de los contratantes.