El pronunciamiento de autos resuelve sobre la ejecución de una sentencia. Comenzando por los antecedentes del caso, la sentencia menciona, un Auto de 3 de marzo de 2020, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1, que declaró ejecutada la sentencia de 3 de septiembre de 2009, que encomendó al Ayuntamiento de Arrecife la adopción de medidas correctoras para evitar producir más daños derivados de la presión sonora ocasionada por una central térmica, y mantener una adecuada calidad atmosférica.
Por remisión a su sentencia de 15 de octubre de 2020, la Sala concluye que el motivo principal de la desestimación del recurso versa sobre la falta de prueba a la hora de contravenir las pruebas periciales y las mediciones realizadas, así como un informe técnico de la Consejería de Política Territorial. El Tribunal menciona el aluvión de recursos presentados contra dicha Central en estos términos, todos ellos resueltos a favor de la mercantil titular al haberse corroborado la adopción de las medidas oportunas.
El aspecto más curioso del presente supuesto es que lo vecinos que suscitaron aquellas impugnaciones son titulares de viviendas construidas al margen de la legalidad y carecen de licencia municipal de edificación, lo cual dificulta la línea argumental de los presuntos damnificados.
Por ello, la Sala desestima el recurso e impone las cosas al miembro de la Asociación que acciona el presente supuesto.