El artículo aborda el procedimiento adecuado para impugnar el cese de un trabajador, estableciendo que debe recurrirse al proceso de despido, incluso cuando la causa no sea disciplinaria. El Tribunal Supremo reafirma que cualquier decisión unilateral del empresario que finalice la relación laboral entra dentro del concepto genérico de despido, sometido al plazo de caducidad de 20 días según el Estatuto de los Trabajadores. Ignorar este criterio y optar por un procedimiento ordinario puede llevar a la caducidad de la acción. Este pronunciamiento busca clarificar dudas y unificar la doctrina para evitar errores procesales.