Javier Nistal Burón
Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional, concretamente, de su Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de fecha 9 de abril de 2025, ha denegado la indemnización económica solicitada por una persona que pasó 15 años en la cárcel por unos delitos de cuya comisión ha sido declarado inocente en los correspondientes recursos de revisión resueltos por el Tribunal Supremo, porque los magistrados de la referida Audiencia Nacional han interpretado que en este caso no ha existido «un error judicial» en los términos previstos legalmente en el artículo 293.1 de la Ley orgánica del Poder Judicial, para justificar dicha indemnización.