El Decreto 167/1996, de 9 de julio, regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, herramienta por la cual se establece como proceder para llevar a cabo la inclusión o exclusión de una especie, subespecie o población en el Catálogo. También establece las normas para la elaboración y aprobación de los planes de gestión.
En su disposición final primera enumera las especies o poblaciones de vertebrados, correspondiendo al Consejero en cargo su modificación mediante Orden. Siguiendo este procedimiento se somete a información pública la propuesta de actualización del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, concretamente a varias especies de fauna de odonatos, anfibios y aves.
Para llevar a cabo su aprobación, se establecen unos criterios orientadores cuyo fin es «permitir y facilitar la protección adecuada de los taxones que requieran medidas de conservación activas, basándose especialmente en datos contrastables que eviten y minimicen, en la medida de lo posible, la subjetividad». De ahí la importancia de evaluar los criterios de población y distribución.