David Andrés Ospina-Saldarriaga, Fernando Peláez Arango
El objetivo del presente artículo va más allá de ofrecer una presentación de la acción de tutela, e intenta cuestionar su ejercicio en Colombia. La hipótesis principal es que este ejercicio está vinculado estrechamente con los derechos sociales y que desde la introducción de la tutela por medio de la Constitución Política colombiana de 1991, esta acción constitucional posee un carácter eminentemente social, el cual se consolidó con la posibilidad de proteger los derechos sociales vía tutela. A tal efecto, en este artículo se concluye, primero, que el análisis estadístico sobre el ejercicio de la tutela en Colombia revela que la defensa de estos derechos es la principal pretensión de las tutelas; y segundo, que la Constitución de 1991 se enmarca dentro de un fenómeno regional más amplio, bien sea el “Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano” o el “Ius Constitutionale Commune”, cuyo énfasis es la transformación de la realidad social por medio de la superación de la desigualdad, lo cual se logra en Colombia por medio de la judicialización de los derechos sociales fundamentales.