El Tribunal Constitucional Federal alemán ha declarado conforme a la Ley Fundamental el recargo de solidaridad (Solidaritätszuschlag), en su versión de 2019. En su sentencia de 26 de marzo de 2025 (2 bvr 1505/20), el Segundo Senado sostiene que el tipo impositivo del recargo mantiene su naturaleza de gravamen complementario, en el sentido del artículo 106.1 de la Ley Fundamental. El Tribunal considera que, aunque este tipo de tributo no exige una limitación temporal expresa, debe estar vinculado a un incremento funcional de la necesidad financiera del Estado federal derivado de una tarea específica. En el caso examinado, concluye que el legislador no ha sobrepasado el margen de apreciación del que dispone en esta materia, y que no puede afirmarse de forma evidente que haya desaparecido la necesidad financiera adicional derivada de la reunificación alemana.