La Corte Costituzionale italiana ha planteado recientemente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial acerca de la compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea de la contribución extraordinaria de solidaridad exigida a los operadores energéticos en 2023. Este gravamen energético ha sido concebido por el legislador italiano como una medida nacional equivalente a la contribución solidaria temporal prevista en el Reglamento (UE) 2022/1854, aunque no coincide plenamente con la misma, en cuanto que sujeta a imposición los beneficios excedentarios obtenidos en 2022 por operadores energéticos no incluidos en el ámbito subjetivo de la contribución europea, y en particular, a los operadores del sector eléctrico. En su Ordinanza núm. 21, de 10 de febrero de 2025, la Corte Costituzionale trata de dilucidar si esta discrepancia resulta contraria, o no, al reglamento europeo, teniendo en cuenta a estos efectos el carácter excepcional de la competencia ejercida por la UE al adoptar esta disposición, la propia competencia reconocida a los Estados miembros en el ámbito de la imposición directa, la los amplios márgenes de decisión que el Reglamento incorpora y las propias singularidades del contexto energético italiano.