La modificación en suplicación del relato de hechos probados en instancia requiere, en procedimientos de incapacidad permanente, que los defectos, insuficiencias o ausencias que pudieran detectarse se deduzcan palmariamente de la lectura literal de los informes públicos que analizan el estado de salud de la persona trabajadora. Esta perspectiva condiciona, aunque sea indirectamente, la forma de confeccionar dicho relato, en la medida en que parece enderezarse hacia la reproducción completa de los términos técnicos de los informes médicos públicos. Se favorece así, no sólo el ejercicio de la propia competencia jurisdiccional, sino también el control de las decisiones en vía de recurso.
The modification in supplication of the account of facts proven in the instance requires, in permanent disability proceedings, that the defects, insufficiencies or absences that may be detected be clearly deduced from the literal reading of the public reports that analyse the state of health of the worker. This perspective conditions, albeit indirectly, the way in which this narrative is prepared, insofar as it seems to be directed towards the complete reproduction of the technical terms of public medical reports. This favours not only the exercise of one's own jurisdictional competence, but also the control of decisions on appeal.