Málaga, España
En este trabajo se estudia el fenómeno relativamente novedoso del reconocimiento de la enseñanza de las creencias o cosmovisiones no religiosas en el sistema educativo inglés, que se ha verificado en paralelo al reconocimiento que también se viene produciendo, en las últimas décadas, en los ordenamientos de las islas británicas de las formas de celebración matrimonial propias de estos llamados grupos de creencia o grupos seculares. La enseñanza de esas cosmovisiones se ha incorporado al sistema educativo inglés en el marco de la asignatura de educación religiosa, de oferta obligatoria en los colegios públicos, mediante una interpretación amplia del concepto “otras religiones” y fundamentalmente por la exigencia de interpretar la legislación de este país de manera conforme a lo establecido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, a diferencia de lo que ha ocurrido en otros países como es el caso concretamente de Gales, allí donde se ha establecido una categoría propia prevista para dar cobertura a la enseñanza de esas creencias no religiosas. Esa incorporación al currículo de las escuelas públicas de la enseñanza especialmente del humanismo y de las cosmovisiones no religiosas en general ha recibido, en los últimos tiempos, un importante respaldo judicial, mediante una jurisprudencia cuyos rasgos esenciales también son estudiados en estas páginas. Se analizan también algunas de las consecuencias y derivadas que esta temática presenta más ampliamente, tales como las que derivan de la necesaria plena garantía del principio de igualdad entre las creencias religiosas y las que no lo son o, también, las relacionadas con los problemas definitorios que plantea en esta temática la misma noción legal de religión o la de las cosmovisiones no religiosas.
This paper studies the relatively recent phenomenon of the recognition of the teaching of non-religious beliefs or worldviews in the English education system, which has occurred in parallel to the recognition, that has also been taking place in recent decades in the legal systems of the British Isles, of the forms of marriage characteristic of these so-called belief groups or secular groups. The teaching of these worldviews has been incorporated into the English education system as part of the subject of religious education, which is compulsory in state schools, through a broad interpretation of the concept of ‘other religions’ and primarily because of the requirement to apply English law in a manner consistent with the European Convention on Human Rights, unlike in other countries such as Wales, where a separate category has been established to cover the teaching of these non-religious beliefs. This incorporation of humanism and non-religious worldviews in general into the curriculum of public schools has recently received significant judicial backing, through case law whose essential features are also studied in these pages. This paper also gives consideration to some of the consequences and derivatives that this issue presents more broadly, such as those derived from the necessary full guarantee of the principle of equality between religious and non religious beliefs, or those related to the definitional problems posed by the legal notion of religion itself or that of nonreligious worldviews.