La autora analiza si un atropello intencionado puede considerarse un "hecho de la circulación" y estar cubierto por el seguro. Aunque el seguro obligatorio excluye los actos dolosos, el seguro voluntario sí protege a la víctima, permitiendo luego a la aseguradora reclamar al culpable. La jurisprudencia, influida por el TJUE, ha ampliado el concepto de "hecho de la circulación" incluso a usos dolosos del vehículo. Esto mejora la protección a las víctimas, pero genera inseguridad jurídica y plantea la necesidad de una reforma legal.