Gran Canaria, España
En las complejísimas situaciones de sustracción internacional de menores en el ámbito europeo se abren paso viejas y nuevas cuestiones a debate que complican su resolución. En primer lugar, el mantenimiento de la competencia en el lugar en el que los menores tienen su residencia habitual previa al traslado frente a resolución de no retorno. En segundo lugar, la diferente apreciación de tribunales de los Estados miembros de la existencia de un grave peligro para los menores en el retorno, según sus diferentes tradiciones sociales y concepciones del derecho de familia. Por último, cuando estas diferencias de visión del derecho de se dan, la forma de compatibilizar resoluciones inconciliables por la identidad nacional favoreciendo el diálogo entre tribunales. Todos estos conflictos los apreciamos en la interesante y bien argumentada resolución de 19 de julio de 2024 de la Audiencia Provincial de Barcelona que sirve como excelente pretexto al inicio de la presente reflexión.
In the extremely complex situations of international child abduction in the European context, old and new issues arise in the debate, complicating their resolution. First, the question of maintaining jurisdiction over the place where the children have their habitual residence prior to the transfer versus a non-return ruling. Second, the different assessments by European courts of the Member states existence of a grave danger to children upon return, depending on their different social traditions and conceptions of family law. Finally, when these differences in views of the family law arise, the question of how to reconcile irreconcilable rulings due to national identity fostering dialogue between courts. We see all these conflicts in the interesting and well-argued ruling of July 19, 2024, of the Provincial Court of Barcelona, which serves as an excellent pretext for beginning this reflection.