Carlos Peñalosa Torné
En el presente artículo se abordan las facultades revisoras del tribunal de apelación ante las sentencias condenatorias en materia de delitos contra la mujer, en concreto, la facultad de revisar la suficiencia de la prueba, el discurso lógico deductivo de la valoración de la prueba realizado por el Juzgado de Instancia y el principio de inmediación que afecta a la valoración de la prueba de fuente personal, en especial, a la declaración de la denunciante.