Una de las innovaciones más relevantes en la interpretación y aplicación del derecho de los últimos años es la relativa a la perspectiva de género como método jurídico, a fin de realizar una igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De forma pionera, el artículo 7 de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, extiende esa comprensión de la perspectiva de género como principio informador del derecho a todos los ámbitos en los que se reconoce y garantiza la igualdad. Emerge, así, una nueva mirada para juzgar, la perspectiva de diversidad, especialmente relevante en la rama social del derecho. Este estudio hace un análisis crítico de esta metodología y valora las experiencias judiciales más recientes (años 2024 y 2025) al respecto, tanto las que considera usos correctos como los que entiende usos deficitarios.
In recent years, one of the most relevant innovations in the interpretation and application of the Law is the integration of the gender perspective as a legal method, in order to achieve effective equality between women and men. In a pioneering way, article 7 of Law 15/2022, of July 12, comprehensive for equal treatment and non-discrimination extends this understanding of the gender perspective to all areas in which equality is recognized and guaranteed, especially with regard to childhood and disability. Thus, a new method of judging appears, the diversity perspective, especially relevant in the social branch of Law. This study makes a critical analysis of this methodology and assesses the most recent judicial experiences (2024 and 2025) in this regard, both those it considers correct uses and those it considers deficient uses of the praxis of the social forum.