Carmen Rodilla Martí
Existe una preocupación generalizada por el deterioro del medio ambiente y, desde la industria, se ha sugerido que la coordinación empresarial puede ayudar a incrementar los incentivos económicos de las empresas para reducir la sobreexplotación de recursos. El trabajo analiza la racionalidad económica de este tipo de argumentos y la licitud de los acuerdos en el sector financiero (eminentemente, grandes fondos de inversión) relacionados con la sostenibilidad desde la perspectiva del Derecho de la competencia, los llamados green finance.
El trabajo concluye que la aplicación tradicional del derecho antitrust no ha impedido que se adopten acuerdos verdes, sino acuerdos anticompetitivos verdes. No obstante, la reciente modificación de las directrices, donde se incluye una valoración muy positiva de los acuerdos de sostenibilidad, flexibilizando el paradigma de bienestar del consumidor, hace probable que se amplíen los acuerdos restrictivos exentos como consecuencia de la compensación de la mano de beneficios medioambientales.
There is widespread concern about environmental degradation, and the industry has suggested that business coordination could help increase companies´ economic incentives to reduce resource overexploitation. This paper analyzes the economic rationale behind such arguments and the legality of agreements in the financial sector (mainly large investment funds) related to sustainability from the perspective of competition law, known as green finance.
The paper concludes that the traditional application of antitrust law has not prevented the adoption of green agreements but rather anti-competitive green agreements. However, the recent modification of guidelines, which includes a highly favorable assessment of sustainability agreements and a more flexible approach to the consumer welfare paradigm, makes it likely that more restrictive agreements will be exempted due to compensation through environmental benefits.