Este trabajo analiza algunas de las normas del Reglamento de la Unión Europea 20204/1991, relativo a la restauración de la naturaleza y las implicaciones que tiene para sus Estados miembros. Se trata de una norma de una complejidad acusada, tanto por los objetivos que plantea como, en especial, por la multiplicidad de nociones que es preciso tener en cuenta para calibrar el impacto de sus obligaciones. El reglamento no se adopta en el vacío sino en relación, entre otros, con los hábitats y especies de las directivas relativas a las aves silvestres (2009/147) y los hábitats) (92/43) y con conceptos de importancia, como puede ser el de estado de conservación favorable. Con todo, a pesar de ser un reglamento, su aplicación depende en buena medida del conocimiento científico sobre la realidad y a los planes nacionales de restauración que deben adoptar los Estados miembros. Todo ello pondrá de manifiesto si el objetivo marcado para el año 2050 es realista o solo una meta quizás demasiado lejana.
This paper analyses some of the provisions of European Union Regulation 20204/1991, relating to nature restoration and the implications it has for its Member States. It is a highly complex regulation, both in terms of its objectives and, in particular, the multiplicity of notions that must be taken into account in order to gauge the impact of its obligations. The regulation is not adopted in a vacuum but in relation to, among others, the habitats and species of the directives on wild birds (2009/147) and habitats (92/43) and with concepts of importance, such as that of favourable conservation status. However, despite being a regulation, its application depends, to a large extent, on scientific knowledge of the reality of the situation and on the national restoration plans that must be adopted by the Member States. All of this will reveal whether the target set for 2050 is realistic or just too distant a goal.