María Elena Rivas Lucena
La reserva de la pena de prisión permanente revisable a sancionar conductas ilícitas de mayor gravedad, no ha impedido que se susciten dudas en torno al principio de proporcionalidad. La Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido perfilando la aplicación de esta pena en torno al delito de asesinato, alejando las dudas de quiebre del principio non bis in idem.