Análisis de la polémica surgida a raíz de si es posible entender que desde el pasado 3 de abril de 2025 está ya vigente la posibilidad de aplicar ya la celebración de la nueva audiencia preliminar del art. 785 LECRIM para resolver en la misma ante el alegato de la prueba ilícita planteada por la defensa en su escrito de calificación provisional para procedimientos actualmente en trámite.