Análisis del artículo 10.2 del Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano, que establece que, «en su caso», la publicidad de medicamentos dirigida a profesionales sanitarios deberá incluir el precio de venta al público y las condiciones de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud («SNS»)