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Videovigilancia no encubierta y derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal: No vulnera ni el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal ni el derecho a la intimidad la prueba de la comisión de un acto ilícito flagrante por una trabajadora gracias al sistema de videovigilancia, cuya existencia era de sobra conocida, aunque aparentemente no se hubiera informado de la específica finalidad de control de la prestación laboral. La prueba de videovigilancia viene a corroborar otra prueba obtenida por la empresa gracias a su sistema de control interno...: STS, 4ª, 14-1-2025, rcud 5248/2023. Ponente: Concepción Ureste García


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