Legitimación para negociar planes de igualdad de grupo de empresas: tratándose de planes de igualdad de ámbito estatal no están legitimados los sindicatos más representativos de Comunidad Autónoma, ya que la equiparación con las reglas para negociar convenios colectivos de grupo de empresas implica descartar la legitimación para negociar de aquellos sindicatos que no se encuentren en alguno de los supuestos regulados en el artículo 87.2, apartados a) y c) ET: STS, 4ª, 11-12-2024, rcud 219/2022. Ponente: Sebastián Moralo Gallego