De conformidad con las conclusiones de la Abogada General Ćapeta de 16 de enero de 2024 en el asunto C‐600/23: Royal Football Club Seraing, los laudos arbitrales del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) deben poder ser objeto de un control pleno por parte de los órganos jurisdiccionales nacionales para garantizar la compatibilidad de la normativa de la FIFA con el Derecho de la Unión. El principio de tutela judicial efectiva se opone a una normativa nacional que limita el acceso a los órganos jurisdiccionales nacionales y el control de esos laudos por parte de dichos órganos jurisdiccionales