Sanción de extinción de la prestación por desempleo y consecuencias para el eventual acceso a subsidios o ayudas: En la resolución sancionadora del sepe de extinción de la prestación por desempleo del artículo 47.1.B) LISOS no puede figurar la coletilla «no pudiendo acceder a ninguna prestación o subsidio que pudiera corresponder por el agotamiento del derecho extinguido» al no estar expresamente prevista en el citado precepto legal, rigiendo en el ámbito de la potestad administrativa sancionadora el principio de legalidad del 25.1 CE: STS, 4ª, 14-2-2024, rcud 2020/2021. Ponente: Ignacio García-Perrote Escartín