Oviedo, España
En su sentencia de 7 de junio de 2024, el TS interpreta los artículos 115 y 66 bis de la LIS a la luz del principio de regularización íntegra y concluye que las facultades de comprobación sobre periodos prescritos que se derivan de estas normas deben ejercitarse para extraer todas las consecuencias determinantes del correcto cumplimiento de la obligación tributaria, con independencia de que resulten favorables o desfavorables al contribuyente. De este modo, la Administración no puede regularizar una BIN procedente de un periodo prescrito, eliminando una pérdida por deterioro de un crédito, sin tener en cuenta que el ingreso asociado al mismo tampoco debió de haberse declarado. El presente trabajo analiza la doctrina general establecida por el TS en esta sentencia, abundando en sus posibles consecuencias para otros supues-tos controvertidos, como la posible determinación administrativa de BINS no declaradas o la aplicación de deducciones por actividades de investigación y desarrollo no consignadas en el periodo de realización de los gastos.