El nuevo régimen protector del whistleblower que establecen la Directiva 2019/2017 y la Ley 2/2023 no es un régimen general de todo denunciante, sino especial y limitado ab initio por su restrictivo típico ámbito subjetivo, que excluye a las personas jurídicas y a las físicas sin vínculo laboral/profesional con el denunciado. Y es un régimen garantista exclusivamente previsto ante la represalia del denunciado por haber sido denunciado (o poder ser denunciado).