Lucas Menéndez Conca
En algunos países se ha decidido sancionar penalmente la adquisición y la posesión de muñecas sexuales infantiles porque se estima que su utilización fomenta los abusos sexuales a menores. En cambio, en España no se hace alusión a las muñecas sexuales infantiles en la regulación de los delitos de pornografía infantil. Aun así, cabe preguntarse si las muñecas sexuales infantiles pueden considerarse pornografía infantil virtual con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del último inciso del art. 189.1 CP y, por tanto, si se podría condenar en nuestro país a una persona que adquiera o posea estos productos.