El Derecho Administrativo transnacional alude el efecto extraterritorial de las normas y decisiones del Derecho Administrativo, incluyendo los casos en los que los tribunales extranjeros deben interpretar y aplicar el marco constitucional y legal de la Administración Pública. Un ejemplo interesante es el contrato público de la deuda externa, típicamente ejecutado por los tribunales de Nueva York. Los efectos transnacionales en el marco de litigios de deuda pública se han utilizado a través de la doctrina del acto de Estado y el principio de cortesía, que rigen a las decisiones de gobiernos extranjeros en los Estados Unidos. Otro mecanismo ha sido la doctrina de la deuda odiosa, que es más un argumento moral que jurídico. Recientemente, el máximo tribunal de Nueva York adoptó una interpretación novedosa según la cual, en los contratos de deuda pública regidos por la Ley de Nueva York, la validez se rige, no obstante, por el Derecho Público del emisor. Por lo tanto, las Cortes de Nueva York pueden aplicar las disposiciones constitucionales y estatutarias que determinan la validez de la deuda, lo que resulta en una aplicación transnacional del Derecho Administrativo.
Transnational administrative law refers to the extraterritorial effect of rules and decisions of Administrative law, including cases in which foreign courts should interpret and apply the consti-tutional and statutory framework that apply to Public administration. An interesting example is the litigation of public contract of foreign debt, typically enforced by the New York Courts. The trans-national effects in those litigation have been used through the act of state doctrine, and the comity principle, regarding the decisions of foreign governments relevant in the United States. Another mechanism has been the odious debt doctrine, which is more of a moral argument than a legal one. Recently, the New York supreme tribunal adopted a novel interpretation according to which, in public debt contracts ruled by the New York law, the validity is, nevertheless, ruled by the Public law of the issuer. Therefore, the New York courts can apply the constitutional and statutory provisions determining the validity, resulting in a transnational application of the Administrative Law.