Agustín Squella Narducci
Nadie puede atribuirse naturalmente la facultad de mandar a los demás, y todo hombre desea sustraerse a cualquier voluntad ajena a la suya. Sin embargo, el hombre no puede vivir y perpetuarse sino en sociedad, lo que presupone autoridad y coacción. La democracia, según Kelsen, establece un orden jurídico creado por los mismos sujetos que aparecen subordinados a él. En el caso de la democracia representativa los sujetos imperados por el derecho intervienen en la designación de las autoridades a las cuales se confía la producción jurídica, con lo cual la sujeción a un querer ajeno resulta suavizada. La voluntad colectiva se encauza regularmente en el Parlamento, pero los partidos políticos contribuyen a la formación de dicha voluntad. Es preciso que se inserten en la Constitución, pues son "órganos para la formación de la voluntad estatal". El autor destaca la importancia dela protección de las minorías y de que quienes mandan lo hagan teniendo presente que el día de mañana seguramente les tocará obedecer. Luego, el ensayo subraya el carácter formal de la democracia según Kelsen y su oposición a la idea de las "democracias populares" que identifican "democracia" con un determinado orden social y económico que aspira a garantizar una cierta igualdad económica. Finalmente, se explora la vinculación que ve Kelsen entre relativismo, tolerancia y democracia.