El Tribunal Constitucional modifica su doctrina y adopta un nuevo paradigma en la interpretación del artículo 45 CE, avalando que el principio rector consistente en la protección del medio ambiente se desarrolle de manera «ecocentrista» por el legislador. Sin embargo, al tratarse de un fenómeno novedoso y ajeno a la tradición jurídica europea, sus consecuencias prácticas resultan todavía desconocidas.