En su trabajo el autor hace un examen de las importante novedades que la Ley Orgánica del Derecho de Defensa ha introducido en las obligaciones y derechos deontológicos de los profesionales de la abogacía. Una norma que, a su juicio, ha tenido escasa difusión y visibilidad a pesar de ser una disposición de capital importancia, tanto para el ciudadano, como para el profesional que lo defiende.