La reciente Recomendación del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial en el medio penitenciario(*), prevé, entre los diferentes usos de la inteligencia artificial, su aplicación a instrumentos de valoración del riesgo. El Reglamento de la Unión Europea sobre esta misma materia(**) establece los requisitos que han de cumplir las herramientas que usan algoritmos inteligentes. En este contexto, parece que basta con cumplir dichos requisitos para que las referidas herramientas se validen normativamente. El presente trabajo cuestiona la sencillez de este planteamiento a través de ejemplos prácticos que nos alertan de los peligros de pasar de lo simple a lo complejo(***). Al menos, en todo lo relativo a pretender predecir comportamientos futuros.