Nos encontramos ante un nuevo Derecho Procesal Preventivo o Preprocesal, que nace con los cambios introducidos por la responsabilidad penal de la persona jurídica y que a diferencia del Derecho Procesal de persona física, que surge con el inicio de la investigación del delito, en el caso de la persona jurídica se origina previamente y en consecuencia merece una adecuada protección procesal de las garantías que le asisten. Ese cambio a un modelo penal y procesal preventivo exige adelantar el momento del nacimiento del Derecha de Defensa a aquel en que se implementan las medidas de compliance en la persona jurídica, pues es esta la única forma de garantizar la efectividad penal y procesal del nuevo modelo desarrollado para prevenir el delito.