Las Directivas Comunitarias: efecto y responsabilidad en su aplicación
págs. 4-7
¿Es necesaria la publicación en el DOCE de la adjudicación de un procedimiento negociado sin publicidad cuando supere los umbrales comunitarios?
pág. 8
¿Existe alguna resolución que regule la remisión de los contratos para su fiscalización a nivel de Comunidades Autónomas?
pág. 9
¿Cuáles son las principales cuestiones que nuestro ordenamiento interno habrá de regular partiendo de la nueva normativa comunitaria?
pág. 10
¿Cómo se puede contratar con una Universidad, a través de un OTRI, teniendo en cuenta que la legislación de contratos prohíbe la adjudicación de un contrato a varias empresas sin estar constituidas en UTE?
págs. 12-13
Responsabilidad subsidaria y certificado de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias
págs. 14-15
Inaplicación del artículo 62.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en los supuestos de proposiciones incursas en presunción de temeridad que adolezcan de error debidamente acreditado
pág. 16
Incompatibilidad de los concejales, de sus hermanos e hijos para contratar con las Administraciones Públicas
pág. 17
Posibilidad de exigir a los licitadores propuestos como adjudicatarios la presentación de un certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones en materia laboral, de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales
pág. 19
Posibilidad de que el aval sea prestado únicamente por una de las empresas integrantes de la UTE
pág. 23
Causa de prohibición de contratar posterior a la adjudicación del contrato
pág. 25
Pago directo al subcontratista de obras
pág. 27
Criterios de adjudicación de los contratos y respeto del principio de igualdad de trato de los licitadores
pág. 29
Observaciones al Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público y consecuencias del vencimiento del plazo de trasposición de la Directiva 18/2004
José María Gimeno Feliú
pág. 33
La potestad de declarar desierto el concurso
Isabel Gallego Córcoles
pág. 47
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