Javier Russinés y Torregrosa, S. Gregorio Poveda
Cada Comunidad Autónoma está obligada a velar por su propio equilibrio territorial y por la realización interna del principio de solidaridad, según establece el artículo 2.2 de la LOFCA. Ello conduce a los autores a plantearse la búsqueda de mecanismos objetivos para distribuir espacialmente, dentro del territorio de la Comunidad de Madrid, los recursos para inversión. La pura traslación de los indicadores socioeconómicos empleados para asignar el Fondo de Compensación Interterritorial entre Comunidades, al ámbito Intermunicipal de la Comunidad, no parece que permita alcanzar los objetivos de solidaridad y equilibrio deseados, por lo que se procede a una reformulación de los indicadores que se ofrece como alternativa.