La jurisdicción penal tiene un relevante papel en materia de control de legalidad de las medidas repatriativas previstas en la legislación de extranjería a través de tres cauces fundamentales: de una parte, en cuanto la misma ejerce una función de tutela del derecho a la libertad mediante las autorizaciones para el internamiento cautelar de extranjeros sobre los que pesan dichas medidas en los denominados Centros de Internamientos de Extranjeros; en segundo término, en cuanto que corresponde al Juez de Instrucción el control de legalidad de la actividad administrativa que se desarrolla en dichos centros y, finalmente, a través de las autorizaciones judiciales para materializar expulsiones administrativas de extranjeros sujetos a un procedimiento penal, como mecanismo de renuncia al ejercicio del ius puniendi. En el presente trabajo se analizan las dos primeras funciones mencionadas y, con el fin de ofrecer una visión integral sobre la materia, también se abordan la nueva figura de los rechazos en frontera y las suspensiones cautelarísimas que el Juez Penal puede acordar en sustitución del Juez de los Contencioso.