La sentencia del pleno TS de 28 de marzo de 2017 inicia una nueva etapa de estricta función revisora, estrenándose con una cuestión polémica como es la relativa al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia. El caso es que frente a la pretendida función pacificadora, la propuesta de la sala se presenta con hasta tres votos particulares con posiciones doctrinales enfrentadas, en las que se remueven muchos de los puntos de consenso existentes hasta la fecha en esta materia.