Este trabajo analiza cuál es el papel que el TJUE ha desempeñado en la construcción de un espacio de libertad, seguridad y justicia, en concreto en materia de cooperación judicial penal, con el objetivo de cuestionar cuál es el camino que debería seguir en el futuro. Al hilo de la reciente jurisprudencia sobre la orden de detención y entrega, se valorará si el TJUE ha mantenido un adecuado equilibrio entre su función de garante del derecho europeo por un lado, y la efectiva protección de los derechos fundamentales por otro. A través de la interpretación que ha realizado el TJUE al resolver cuestiones prejudiciales se percibe como el TJUE hasta ahora ha apostado decididamente por reforzar el principio de reconocimiento mutuo. Sin embargo, a diferencia del área del mercado común, en materia de justicia penal, su enfoque quizás debería ser algo más matizado, para asumir también su función de garante de los derecho fundamentales, función que también le corresponde.
This paper discusses from a critical point of view the role the ECJ has played in building an area of freedom, security and justice, in particular in the field of judicial cooperation in criminal matters. By reviewing the most recent case law on the European arrest warrant, the aim is to assess whether the ECJ has maintained an appropriate balance between its role as guarantor of European law on the one hand, and the effective protection of fundamental rights on the other. Through the interpretation made by the ECJ in proceedings of preliminary questions, the ECJ has shown so far a firm commitment towards reinforcing the principle of mutual recognition, much alike as in the area of the common market. However, in the field of cooperation in criminal matters, the approach should, to my mind, be more nuanced, so that the Court would also assume its role as guarantor of fundamental rights.