Con la aprobación de la nueva Constitución, en 1991, los Constituyentes lucharon por atacar el excesivo centralismo presente en el régimen constitucional anterior. Apostaron por un Estado Unitario pero con autonomía política, administrativa y financiera para sus entes territoriales. Con relación a las piezas que conformarían el conjunto de la organización territorial, los Constituyentes introdujeron varias modificaciones creando como entidades territoriales los departamentos, los municipios, los distritos y las entidades territoriales indígenas y dejaron abierta la posibilidad para que una vez creadas las provincias y las regiones éstas también puedan adquirir dicho estatus. Por otra parte, a partir de 1991, la potestad para definir, concretar y cerrar el modelo territorial colombiano quedó en manos del Legislador. No obstante, debe resaltarse el papel de la Corte Constitucional, pues si bien en algunas ocasiones ha actuado en desmedro de la autonomía territorial, también ha aportado elementos indispensables para continuar con el proceso de construcción del aparato territorial colombiano.