En el derecho español, desde la entrada en vigor de la Ley 13/2005 está permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo. La ley guarda silencio sobre las cuestiones de derecho internacional privado y, en la práctica, numerosos problemas se han planteado ante los órganos judiciales españoles. La Dirección General de los Registros y del Notariado ha afirmado que los extranjeros cuya ley personal no permita el matrimonio homosexual pueden contraer matrimonio en España ya que se considera que la diversidad de sexos en el matrimonio no es una cuestión de capacidad, sino un elemento vinculado directamente a la institu ción matrimonial, por lo que ha de aplicarse la ley española; y porque el derecho extranjero que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo vulnera el orden público español.